Además de lo dispuesto en el artículo 81 de esta Ley y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los Ayuntamientos en el Estado deberá poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información:
XVI.- El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos;
Contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal - TESORERÍA PRIMER TRIMESTRE 2024 |
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Contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal - TESORERÍA SEGUNDO TRIMESTRE 2024 |
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Contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal - TESORERÍA TERCER TRIMESTRE 2024 |
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